Según la LEY N° 11180 del COLEGIO DE LICENCIADAS Y LICENCIADOS EN OBSTETRICIA DE ENTRE RÍOS, en el artículo N° 32º.- “de la incumbencia profesional”
Los y las profesionales tendrán las siguientes competencias:
1) Brindar asesoramiento, consejería y consulta en todas las etapas del ciclo vital y asistencia pre, durante y pos evento obstétrico, para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas en su salud sexual y salud reproductiva y no reproductiva;
2) Dar asesoría y consejería integral en derechos sexuales reproductivos y no reproductivos según normativa vigente, sus modificatorias y las que en un futuro la reemplacen;
3) Prescribir los siguientes anticonceptivos; de vía oral, anticonceptivos de emergencia, anticonceptivos inyectables y de barrera con finalidad contraceptiva; según normativas y protocolos vigentes;
4) Colocación y extracción de métodos contraceptivos de larga duración (Dispositivos intrauterinos de cobre u hormonal e implantes subdérmicos) previa capacitación proveniente de organismo válido, de acuerdo a los protocolos nacionales y provinciales vigentes;
5) Brindar asesoría y realizar acciones para prevenir o detectar situaciones de violencia de género, violencia obstétrica o violencia sexual en el curso de la vida de las personas, garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas para con su salud integral, al momento de la asistencia;
6) Solicitar interpretar análisis de laboratorio durante el control de embarazo de bajo riesgo, solicitud de sub-beta en orina y/o sangre, serología, grupo y factor. Solicitar métodos diagnósticos: ecografías obstétricas en primer, segundo y tercer trimestre, ECG y valoración cardiológico, ecocardiograma doppler fetal y monitoreos fetales. Realizar laboratorio de rutina preconcepcional. Los mismos podrán ser actualizados por la autoridad de aplicación conforme el avance de la ciencia;
7) Detectar precozmente y realizar el seguimiento del embarazo de bajo riesgo en los tres trimestres de gestación, detectar patología o riesgo obstétrico y derivar oportunamente;
8) Realizar interconsultas con especialistas;
9) Inducir, conducir y controlar trabajos de partos de bajo riesgo según protocolo, o de alto riesgo de manera conjunta con el o la especialista;
10) Asistir partos y alumbramientos de bajo riesgo. Realizar amniorrexis, hidratación parenteral, goteo oxitócico, sondaje vesical, monitoreo fetal continuo, aplicar anestesia local, episiotomía, episiorrafia y reparación de desgarros de hasta 2° grado y cualquier otra intervención obstétrica, cuando clínicamente lo amerite. Asistir a la paciente de riesgo en caso de ausencia del especialista hasta que este se haga presente;
11) Realizar seguimiento y asistencia de puerperio inmediato, mediato y tardío de bajo riesgo;
12) Coordinar o participar de la estrategia de alta conjunta en maternidades; fomentando una adecuada referencia y contra referencia entre los distintos niveles de atención completando de manera correcta la historia clínica perinatal;
13) Realizar toma de muestra para cultivo de Estreptococo Beta Hemolítico en la gestación (Ley 26.369). Indicar y/o realizar la extracción de material necesario para exámenes rutinarios y por disposición de programas sanitarios del tipo Papanicolaou, cepillado endocervical y exudados vaginales para la detección precoz de cáncer cérvicouterino y pesquisa de enfermedades de trasmisión sexual; durante todo el curso de vida de las personas; solicitud de colposcopia y eventual biopsia;
14) Realizar, interpretar e informar monitoreo fetal. Interpretar los estudios complementarios de ayuda diagnostica para evaluar la salud fetal, oportunamente informados por el especialista de referencia;
15) Integrar equipos de salud interdisciplinarios en la atención de pacientes de alto riesgo;
16) Ejecutar medidas de emergencia en caso necesario hasta que sea asistida por el o la médico/a especialista para salvaguardar la vida de la persona gestante y el feto;
17) Realizar examen mamario, fomentar el auto examen mamario a fin de prevenir y detectar precozmente patologías. En caso de detectar alguna afección derivará al profesional especialista;
18) Brindar consejería y asesoramiento en salud integral en niños, niñas y adolescentes integrando equipos interdisciplinarios;
19) Diseñar, organizar, coordinar e implementar, los programas de Preparación Integral para la Maternidad, Nacimiento, Puericultura y Crianza;
20) Apoyar, fortalecer y acompañar la lactancia humana desde la gestación y hasta el tiempo que dure la misma fomentando el vínculo temprano con el recién nacido;
21) Indicar vacunas del Calendario Nacional y campañas vigentes;
22) Prescribir fármacos de acuerdo al vademécum obstétrico que se adjunta como ANEXO I y que será parte integrante de la presente. El Ministerio de salud podrá actualizarlo, según las normativas vigentes conforme las competencias descriptas en este artículo;
23) Extender certificado prenatal donde conste: fecha de ultima menstruación, semanas gestacionales y fecha probable de parto. confeccionar, evolucionar y suscribir la historia clínica; y expedir órdenes de internación;
24) Participar en el campo de la medicina legal, efectuando pericias judiciales siempre que se trate de otro profesional obstétrico, y dentro de su competencia;
25) Acompañar en la derivación y traslado en ambulancia a persona gestante con una gestación de término y de bajo riesgo de un centro que no cumple con las condiciones obstétricas y neonatales esenciales a uno que si se encuentre encuadrado en estas condiciones;
26) Desempeñar funciones en cargos de gestión y/o jerárquicos tanto en efectores de salud públicos en centros de atención primaria de la salud, hospitales públicos de nivel 1 y 2 e instituciones privadas:
27) Planificar, programar, coordinar, organizar, dirigir, supervisar, evaluar y asesorar las actividades y políticas de atención para el curso de vida de la persona, como así también pudiendo ocupar cargos de función;
28) Planificar y asesorar actividades docentes en sus diferentes niveles y modalidades; en una estrategia coordinada y articulada con el Consejo General de Educación, siempre que dependa del mismo;
29) Diseñar, elaborar, ejecutar y/o evaluar proyectos de investigación. Publicar y difundir trabajos de investigación;
30) Colaborar con la/el especialista en la urgencia o emergencia del parto distócico y en la terminación del parto quirúrgico.
ANEXO I
VADEMECUM
–Prescripciones durante embarazo y el Puerperio
I- Gammaglobulina anti Rh: En madres Rh negativas no sensibilizadas con hijos.
Rh positivos: Prevención de Enfermedad Hemolítica (embarazo siguiente).
II –Anticonceptivos hormonales: Forma farmacéutica: inyectables o comprimidos orales:
monofásicos, bifásicos y trifásicos combinados).
Estrógenos
a) Etinilestradiol
b) Estradiol (con su respectiva formación de sales tales como: Valerato de estradiol) enantato de estradiol)
c) Quinestrol
d) Etogenestrel
Progestágenos
a) Progesterona
b) Medroxiprogesterona
c) Noretinodrel
d) Linestrenol
e) Noretindrona
f) Levonorgestrel
g) Gestodeno
h) Desogestrel
i) Drospirenona
j) Dihidroxiprogesterona
k) Norgestimato
l) Ciproterona
m) Norgestre
Anticonceptivo de emergencia (progestágeno = Levonorgestrel en alta dosis).
III – Antibióticos (Clasificación según su mecanismo de acción y teratogenicidad).
Forma Farmacéutica: comprimidos orales o inyectables
Aminopenicilinas
a)Ampicilina (categoría B)
IV – Antimicóticos (Forma Farmacéutica: suspensiones, cremas, geles y óvulos vaginales)
b) Clotrimazol (categoría B)
c) Nistatina (categoría B)
d) Miconazol (Categoría C)
e) Terbinafina (categoría B)
Inhibidores de la síntesis de la pared celular bacteria
a) Penicilina G (categoría B)
b) Penicilina V (categoría B)
V -Antiácidos
- Hidróxido de aluminio y magnesio (categoría A)
VI –Tratamiento Farmacológico de anemias
b) Hierro
c) Ácido fólico
d) Polivitamínicos
VII –Antieméticos (antagonista D2, antagonista 5-HT3)
a) Metoclopramida
b) Doxilamina+Piridoxina (antgH1+cofactor)
VIII -Antiespasmódico
- Hioscina
IX –Antiinflamatorios no esteroideos AINES (antiinflamatorio, analgésicos y antipiréticos)
Derivados del ácido acético
a) Ibuprofeno (cuidado tercer trimestre)
Derivados del paraaminofenol
- Paracetamol (categoría B )
X -Oxitócicos
a) Oxitocina
b) Ergonovina